¿Pueden los animales tener derechos si no pueden contraer obligaciones? Animales sujetos y ciudadanos
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En este trabajo revisaré uno de los argumentos habituales para refutar que los animales pueden ser considerados sujetos de derecho. El argumento en cuestión sostiene que los animales no pueden ser sujetos de derecho porque son incapaces de contraer obligaciones. La forma canónica de responder a este cuestionamiento es apelar a los argumentos de la “superposición de especies” –hay humanos sin dicha capacidad que igual son sujetos de derecho– y al de la “relevancia moral” –una característica que no tiene relación con la necesidad de tener la protección que otorgan los derechos–. A nivel jurídico, ambos argumentos se traducen en que esta incapacidad de hecho no es obstáculo para ser sujeto de derecho –en el caso humano–. Aunque todo esto es obvio, el argumento de las obligaciones persiste en fallos y doctrina. En este trabajo tomaré en serio el argumento de las obligaciones y propondré que la forma de refutarlo es revisar la teoría política que lo apoya. Dicha teoría será evaluada a la luz de la propuesta de Donaldson y Kymlicka sobre la ciudadanía para los demás animales. En su propuesta teórica, los autores sostienen que los animales sí pueden cumplir con algunas obligaciones y de hecho ya lo hacen en las sociedades interespecies actuales.
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