Liquidez sin enajenar: el crédito con garantía de cartera de inversiones (crédito Lombard) en el Derecho chileno. Régimen de la prenda sobre valores, tratamiento tributario del mayor valor y posición del inversionista
Description
Un inversionista que necesita liquidez y posee una cartera de valores con plusvalías latentes enfrenta una disyuntiva: vender —y con ello realizar el mayor valor, tributar y abandonar el mercado en un momento que no eligió— o pignorar su cartera para obtener financiamiento sin desprenderse de ella. Este trabajo analiza la segunda vía —el crédito con garantía de cartera de inversiones, conocido internacionalmente como crédito Lombard— en el Derecho chileno, desde una triple perspectiva: la del régimen de la garantía, la del tratamiento tributario y la de la posición del inversionista. Se examinan los tres cauces de constitución de prenda sobre valores en Chile —la Ley N° 4.287, sobre prenda de valores mobiliarios a favor de los bancos; el artículo 173 de la Ley N° 18.045, de Mercado de Valores; y la prenda sin desplazamiento de la Ley N° 20.190—, con su constitución, oponibilidad y realización, y su conexión con la prohibición del pacto comisorio (artículo 2397 del Código Civil). Se sostiene, en seguida, la tesis tributaria central: la pignoración no constituye enajenación y, por tanto, no realiza el mayor valor gravado por los artículos 17, número 8, y 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, mientras que el mutuo bancario no constituye renta por no importar incremento de patrimonio (artículo 2, número 1, de la misma ley), de modo que la operación produce un diferimiento tributario legítimo —no una elusión—. Se cierra con la posición del deudor prendario durante la garantía, sus riesgos (señaladamente el margin call y la liquidación forzada) y los deberes de información del banco, y con recomendaciones de estructuración.
Files
credito lombard chile.pdf
Files
(119.6 kB)
| Name | Size | Download all |
|---|---|---|
|
md5:61363b0cd27df188e2ecf77addbfe3d5
|
119.6 kB | Preview Download |