Medidas reforzadas de diligencia debida en relación con los países de alto riesgo en el marco de la lucha antiblanqueo del RDL 11/2018
Authors/Creators
Description
El Real Decreto-Ley 11/2018, de 31 de agosto, de transposición de la Directiva 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales, ha modificado, entre otras cuestiones, el artículo 11 de la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales. Su objetivo es incorporar las Decisiones de la Unión Europea que identifiquen los países con deficiencias estratégicas en sus sistemas de lucha antiblanqueo, con la finalidad de que se le apliquen por los Estados miembros las denominadas medidas reforzadas de diligencia debida. Las entidades financieras y demás sujetos obligados deben aplicar medidas de diligencia debida (identificación y seguimiento de personas con las que establezcan relaciones de negocio), pudiendo determinar el grado de estas en función de la evaluación del riesgo efectuada y del tipo de cliente, producto u operación. En este sentido, se distingue entre medidas normales, simplificadas y reforzadas de diligencia debida. Pues bien, en los casos de apreciarse riesgo elevado de blanqueo de capitales, nuestro país debe aplicar, además de las normales, las medidas reforzadas descritas en el artículo 20 del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010. Como se ha dicho, el precepto modificado las extiende asimismo a la última lista de 23 países de alto riesgo aprobada por Decisión de la Comisión Europea de 13 de febrero pasado, adoptada según la metodología expuesta en el documento de trabajo de la Comisión, publicado el 22 de junio de 2018, y que tiene en cuenta una serie de criterios de identificación y evaluación para la determinación de los terceros países de alto riesgo. Dicho listado ha sido discutido desde diferentes foros, y al examen de los problemas que plantea se dirige, precisamente, este trabajo.