Published December 7, 1994
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normas herbario SANT
Authors/Creators
Description
SERVICIO GENERAL DE HERBARIO
(HERBARIO SANT)
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
NORMAS DE UTILIZACION
El Servicio General de Herbario funcionará desarrollando y facilitando las vertientes que puede ofrecer a la comunidad científica de esta Universidad:
- las consultas del material ya existente
- el depósito de material nueva como testigo
Normativa para las consultas de material
- El Herbario SANT es una colección pública de investigación de uso restringido. Se permitirá el acceso a investigadores de instituciones científicas reconocidas, o a aquellas personas que hayan sido autorizadas previamente por el director.
- El Herbario puede ser consultado de Lunes a Viernes (salvo festivos) durante todo el año (salvo el mes de Agosto) en su actual emplazamien to: Laboratorio de Botánica de la Facultad de Farmacia. El horario será de 10 a 14 y de 16 a 20 horas.
- Los visitantes deben firmar en el Libro de Visitas haciendo constar la institución o Centro al que pertenecen y el objeto de la visita.
- No se permite la disección de los ejemplares, ni retirar parte alguna del contenido del pliego, sin autorización del Conservador.
- Las preparaciones microscópicas (histológicas, palinológicas, cariológicas, etc.) realizadas a partir del material del Herbario deben quedar depositadas en el mismo.
- No se debe escribir anotaciones en los pliegos mismos. Hay etiquetas de corrección disponibles para los investigadores.
- Se permitirá el acceso a los armarios donde se conservan los pliegos pero el visitante no deberá cambiar de sitio pliego alguno y respetará en todo momento el orden alfabético existente.
- Los visitantes que deseen fotografiar ejemplares, libros o documentos o hacer uso de aparatos eléctricos propios en el Herbario, deberán solicitar autorización previa del Conservador del mismo.
- Se PROHIBE FUMAR, así como el uso de mecheros de alcohol o cualquier tipo de llama en las dependencias del Herbario.
- Los visitantes que publiquen algún trabajo en el que figuren datos directamente procedentes del Herbario SANT deben citar esta procedencia. La institución agradecerá el envío de una copla de estos trabajos.
- Los préstamos de material quedan restringidos a Centros o personas dedicados a la investigación en Botánica, cualificados por tanto para el uso de estos especímenes en estudios planificados.
Recomendaciones adicionales:
- Se debe consultar el fichero previamente a la revlslon de los pliegos, para orientación sobre el material existente.
- Es conveniente lavarse las manos después de manipular el material del SANT. Se recuerda que todo él se envenena en solución alcohólica de cloruro mercúrico.
Normativa para los depósitos de material
- El material que se pretenda depositar y preservar en el SANT deberá estar lo más completo posible (hojas, flores, frutos, etc.) para su identificación taxonómica. Se podrá entregar, bien en fresco (planta
recién arrancada), bien ya prensada y desecada. - El material vendrá determinado y etiquetado. Los datos mlnlmos que deberán figurar en la etiqueta son: nombre científico y autor, localidad (país, provincia, municipio, lugar) preferiblemente con la altitud y las coordenadas U.T.M., fecha de recolección, el nombre del recolector ("Legitimavit") y el del determinador ("Determinavit"). Es conveniente la inclusión de otros datos como anotaciones ecológicas, fitosociológicas, corológicas, fenológicas, etc.
- El material (pliego/s) que se quiera depositar no debe presentarse ya adherido a cartulina o con montaje similar irreversible, dado que en el proceso de conservación ha de sumergirse en un baño de líquido preservante.
- Si es material fresco lo que se pretende guardar, se podrá procesar en las instalaciones del SANT, pero siempre habrá de acompañarle la etiqueta con los datos mínimos.
- Por cada pliego de material debidamente preparado, etiquetado y fichado, se otorgará un número de registro que le acompañará de forma vitalicia. Ese número será facilitado al depositante prevla solicitud, en un plazo maxlmo de 1 día si se trata de material ya prensado y desecado, o de 7 días si se trata de material fresco.
Fdo. en Santiago, a 7/XII/1994
Director del Servicio de Herbario: Francisco Javier Amigo Vázquez
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19941207 - Normas Herbario SANT - J.Amigo.pdf
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